Creo que a estas alturas del partido,
ustedes ya conocen los detalles de la suspensión de la apertura de la
exposición Mujeres ocultas de María
Eugenia Trujillo: hace un par de días, un grupo de católicos furibundos
interpusieron una decena de tutelas en las que solicitaban que se prohibiera la
exposición. ¿La razón? Según los accionantes la obra de la artista plástica
laceraba sus creencias y ofendía a su dios. Bajo aquel entendido, el hecho de permitir
la exposición daría como inmediata consecuencia la vulneración de los derechos
al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de cultos de los
católicos (eso decían).
Todo parecía una pataleta más de una horda
de fanáticos religiosos para quienes sólo su verdad puede ser mostrada, pero
no, un magistrado del Tribunal de Cundinamarca pensó que aquel argumento era lo
suficientemente sólido para decretar como medida cautelar la prohibición de que
se abriera la exhibición y ahí fue Troya. Y lo fue porque el Tribunal de forma
se pifió y con ganas. Una medida cautelar dentro de un proceso de tutela sólo
se puede tomar cuando hay una probable (y con esta palabra quiero indicar que
el grado de certeza sea superior al 50% por decirlo de alguna manera) violación
de derechos fundamentales de una persona. No por capricho. No por darles gusto
a un cúmulo de trolls. Y pues bueno, al momento de escribir esta entrada no se
ha resuelto todavía la tutela (que debería salir contraria a los intereses de
los demandantes) y el caso sigue.
De todas formas, esta mañana leí la entrevista que le hizo la revista Arcadia al estudiante de derecho
que armó los esqueletos de las tutelas y quiero hacerle unos comentarios.
Empecemos.
¿Usted a qué se dedica?
Yo soy estudiante de derecho en la
Universidad Republicana de Colombia. También he venido trabajando haciéndole
seguimiento a distintos tipos de fenómenos pero no enfocados en el derecho sino
en la sociología. Me he convertido en referente para algunos colectivos
específicos.
¿De qué tipo de colectivos está hablando?
No son grupos constituidos en personería
jurídica, sino grupos de personas con intereses comunes. El común denominador
es que son grupos de personas abiertamente católicas y practicantes.
Personalmente, también soy católico y practicante. Eso ha generado cierta
afinidad. Para ellos resulta muy atractivo contar con alguien desde el lado
jurídico que comparta las mismas inquietudes y que sea coherente con sus líneas
de pensamiento.
Hablando específicamente de la exposición
Mujeres ocultas, ¿alguno de estos grupos lo contactó para promover la serie de
tutelas?
La cosa es la siguiente: la exposición ya
se había hecho en Cartagena. Cuando se habló de traer la obra a Bogotá, y de
utilizar el antiguo claustro de la Iglesia del Santa Clara, pues pasó algo muy
curioso: los colombianos católicos se sintieron gravemente ofendidos. Hace unos
15 días Voto Católico convocó a gente a firmar una recolección de firmas y de
esa manera presentar una solicitud a la ministra de Cultura y a la directora
del museo, pidiéndoles que retiraran la obra de la agenda del museo. No hubo
una respuesta que la gente considerara decorosa de parte del ministerio y del
museo. Básicamente, desacreditaron las posturas manifestadas por la gente de la
recolección de firmas y desestimaron la solicitud. De inmediato gente se
empieza a poner en contacto conmigo.
En primer lugar me llama la atención que el
señor estudiante de derecho arrogue la vocería de los católicos a un grupúsculo
intolerante, que no es sino uno más de los tantos que hay en el país. Para no
ir tan lejos, les cuento que el colectivo Católicas por el Derecho a Decidir apoya la exposición y se opone a la censura de la que fue objeto la artista
Trujillo por parte de los administradores de justicia del Tribunal. También me parece inocuo el argumento del señor estudiante de
derecho de que como hubo una supuesta recolección de firmas por parte del
colectivo con el cual tiene afinidades (según la respuesta anterior), la
solicitud de prohibición debió haber sido tomada en cuenta. Pero no. Al señor
estudiante de derecho se le olvida que en Colombia uno puede exponer sus obras
a pesar de que a un numeroso grupo de ciudadanos no les guste. No es sino
recordar lo dicho por la Corte Constitucional en la sentencia T-104 de 1996
“En un Estado como el que define la
Constitución, en el que las personas son moralmente autónomas, a nadie puede
impedírsele difundir o tener acceso a las obras que quiera, so pretexto de su
contenido inmoral o antiestético. El
hacerlo, entrañaría un acto de censura, proscrito de nuestro ordenamiento
constitucional y violatorio del derecho a la difusión de la expresión
artística. La censura consiste,
precisamente, en prohibir o recortar la difusión de cualquier idea por la sola
razón de ser contraria a una ideología determinada, incluso si dicha ideología
es la acogida por la mayoría de habitantes de una región o de todo el
territorio colombiano”.
¿Gente de Voto Católico?
No. Me contactaron personas de un grupo de
oración llamado Ejercito del Santo Rosario. No estamos hablando de Voto
Católico, Colombia Derecha, Restauración Nacional, sino de un grupo que se
reúne a rezar el rosario. Me buscaron para ver si en materia de derecho se
puede hacer algo. Me contaron que sienten que la exposición es abiertamente
ofensiva, lesiva, que incita al odio y la violencia y que ridiculiza nuestro
ejercicio libre de culto y nuestro libre desarrollo a la personalidad. Entonces
yo digo: la acción de tutela es la más cercana y ofrece de entrada una garantía
de que se puede hacer algo ya después de que la ministra de Cultura envió correos
electrónicos a todos los firmantes de la petición de Voto Católico diciéndoles
que lo lamentaba pero que la exposición seguía adelante.
Dice el estudiante de derecho que la
exposición incita al odio y a la violencia. Yo por el contrario, creo que quienes
incitan al odio y a la violencia son los miembros del mismo grupo católico, que amenazan a todo aquel que no piense como ellos y constantemente
están atosigando a todo aquel que no anda rezándole a la virgen los tres
avemarías del día. Además ¿alguien me puede explicar cómo es eso de ridiculizar
el libre desarrollo a la personalidad? Yo sé que ese derecho se puede violar o
vulnerar cuando se le prohíbe a un chico tener el pelo largo…pero de ahí a
ridiculizar y más por una exposición de arte…no sé. Creo que a quien sí le
violaron si derecho a la libre expresión fue a la artista plástica al no
permitirle expresarse. En tal sentido, creo más bien que el Tribunal violó el
derecho fundamental de una persona, al querer —de manera torpe— defender la
ficción de un grupo de ciudadanos.
¿Usted mismo también presentó una tutela?
No. No lo hice porque muy probablemente en
el transcurso de las tutelas yo iba a tener que actuar. Consideré que uno no
puede ser juez y parte. Yo fui el encargado de la substanciación, por así
decirlo. Me encargué de reunirme con las personas y mirar que es lo que ellos
querían hacer. Me di cuenta que había un denominador común y entonces redacté
la tutela. Y de esta manera ya luego las personas la leyeron y me pidieron que
se las hiciera llegar a los tribunales de Cundinamarca. Y fue un proceso
limpio.
¿Juez y parte? ¿Es que al caso iba a fallar
las acciones de tutela?
¿Si no hubiera tenido el conflicto de ser
juez y parte hubiera presentado una tutela?
De hecho estoy todavía en derecho de
hacerlo.
¿Y lo haría?
Efectivamente. Porque encuentro una
coherencia absoluta entre el sentimiento de las personas que presentaron las
tutelas de que se está violando una serie de derechos y de principios
constitucionales. Y por eso precisamente me buscaron. Aquí no estamos hablando
de honorarios. Esto es un trabajo ad honorem.
Se necesita más que un sentimiento para
decir que hay vulneración de derechos fundamentales. Por ejemplo, el hecho de
prohibirle la exposición a una artista porque a un grupo de ciudadanos no les
gusta, es mandar al carajo el pluralismo del que se habla en el acápite de
principios en la Constitución y es de paso vulnerarle el derecho fundamental a
la libre expresión.
¿Y qué acción tomaría si el juez eventualmente
permite la exposición?
En nuestro país pasa algo. Así la persona
gane o pierda la tutela, esta va a revisión. Y aquí efectivamente entramos a lo
que hace más especial lo que pasó. Esto no fue un ataque personal contra la
artista, la ministra ni a la directora del museo. No se trató de rencores o
venganza. Aquí se va a abrir un hito, que vamos a empezar a mirar muchos
conceptos de la constitución pero que esta es un poco parca a la hora de
tratar. Cuando uno coge la constitución nos dice que habrá libertad de cultos y
que toda persona podrá propender su fe de manera pública o privada. Pero en
ningún momento dice que el estado colombiano se comprometerá a garantizar esto
a través de algún mecanismo. No nos dice como el estado colombiano favorece
eso.
El señor estudiante de derecho confunde el
culo con las témporas. La revisión es un mecanismo extraordinario que a veces
se puede dar, como también puede que no. En todo caso, la decisión que tomen
los magistrados de la Corte Constitucional deberá estar conforme a la
Constitución y por tanto, en vista de los precedentes que le dan la razón a la
artista y no al grupo de ciudadanos ofuscados, lo más seguro es que se les
falle en contra. Además, contrario a lo que dice el señor estudiante, no se va
abrir un hito sino va a haber una reiteración de jurisprudencia y la corrección
de un error gigantesco que debe ser reparado.
Frente a las declaraciones sobre la libertad
de cultos, me parece que el señor estudiante o no ha leído el desarrollo jurisprudencial
de la Corte Constitucional o simplemente hace caso omiso de él. Contrario a lo
que dice SÍ hay una gigantesca jurisprudencia en la que se muestra como se ha
defendido la libertad de cultos en nuestro país. La cuestión es que el concepto
de libertad de cultos nunca va a ser igual a la imposición de una idea por
encima de otra. En ningún momento se le ha impedido al señor estudiante de
derecho ir a rezar a su iglesia, ni nada por el estilo como consecuencia de la
exposición.
¿Entonces ustedes quieren reformar la
constitución?
No. Hay un autor colombiano que habla
mucho del reformismo crónico de las constituciones políticas. Más que una
reforma, lo que se tiene que hacer es entrar a mirar los alcances de la norma.
Si hay una norma que es tan amplia, tendrán que empezarse a hablar como se debe
hacer pero todo en la hermenéutica del respeto. Mientras se haga todo dentro
del respeto esto no tiene porque convertirse en un “dame y lleva”. Hicimos uso
de un mecanismo constitucional que está a la mano de cualquier colombiano que
sienta que hay una entidad pública o privada que está violando sus derechos
fundamentales. Aquí se va a empezar a hablar por primera vez desde la
constitución de 1991 cuales son lo alcances y el espíritu de la norma
constitucional en cuanto a libertad de culto.
El señor estudiante de derecho toca un punto
que me parece que él mismo debería analizar: los alcances de la norma. Todos
sabemos que en la Constitución existe una serie de derechos, cuya
interpretación y alcance los conocemos por la lectura de la jurisprudencia. La
Corte Constitucional es—según nuestra Carta Política— la guardiana de la
Constitución y en tal sentido, sus sentencias son una suerte de piedra Rosetta
sobre nuestros derechos fundamentales. Llama la atención la forma en la que el
señor estudiante de derecho esgrime que se va a empezar a hablar sobre la
libertad de cultos, como si no hubiera sentencias precedentes sobre el tema.
Esto me hace pensar que todavía le falta un largo mar por descubrir.
¿Qué sabe de las amenazas de muerte contra
la directora del museo?
Es lamentable. Realmente no tengo
conocimiento. Hay que mirar la naturaleza y de donde viene la amenaza. Yo
conozco uno a uno los 76 accionantes de la tutela y sé que son gente incapaz de
hacer eso porque usted mira y son gente ya grande y no son niños de 16 años que
de pronto en un momento de rabia pueden hacer o decir eso.
Personalmente el día de ayer estuve frente
al museo y allí si fue abordado e intimidado por una serie de personas que
estaban en contra de la tutela. Estaba una posición cómodo y segura por qué
había Guardia Presidencial a ambos lados. ¿Qué se me ha manifestado en estos
días? Pues amenazas. En eso entiendo la posición de la directora del museo. Si a
ella la han amenazado pues a mí también. Con la diferencia de que yo no gozo de
un protocolo de seguridad.
En otras ocasiones he tenido que
evidenciar como jaquean cuentas y correos y desde esos correos que pertenecen a
la contraparte empiezan a auto amenazarse. No estoy diciendo que sea el caso.
Solo digo que como pudo ser personas no del Ejercito del Santo Rosario, que
dudo mucho, pudo también ser personas de los mismos que se sienten atacados o
censurados por la tutela que estén generando esa retórica. Porque ya hemos
visto eso. Nosotros nos fuimos por vías de ley con la tutela.
No sé por qué siempre toman esa actitud
victimista luego de que existe una amenaza contra sus contrapartes. Esa actitud
de “si la amenazan, pues a mí también y yo soy un pobre angelito sin escolta”
no me parece que quede bien. Si tiene amenazas en su contra, el señor
estudiante de derecho puede ir a la Fiscalía a denunciar. Tampoco me parece muy
correcto de su parte sugerir de forma inopinada y tonta que existe una
operación de auto-amenazas por parte de la directora del Museo, porque estaría
empezando de una presunción de culpabilidad realmente ridícula. Sobre todo
teniendo en cuenta que por parte de miembros de aquellos grupos de presión
cristianos ya se han dado casos de amenazas en contra de aquellos que no
piensan como ellos.
¿Usted entonces cree que es más probable
que las amenazas vengan desde adentro y no de una persona religiosa molesta con
la exposición?
Usted está hablando de dos fenómenos
distintos. No estoy desmintiendo el tema de las amenazas. No tengo
conocimiento. No las he visto. Supongo que si efectivamente se han dado la
señora ministra o la directora del museo pedirán a las autoridades competentes
que les presten asesoría y harán pruebas de peritazgo para determinar si las amenazas
efectivamente provienen de un agente externo o si fue de una persona que
accedió ilícitamente a cuentas de correo. ¿Qué si creo que algún religioso lo
hizo? No lo puedo creer. Porque efectivamente uno de los elementos que me hizo
creer en las tutelas fue la coherencia. Estoy pidiendo al gobierno colombiano
la defensa de unos derechos fundamentales. Lo hago porque reconozco que
efectivamente no estoy vulnerando los derechos de nadie.
Inicia el señor estudiante de derecho
diciendo que la entrevistadora está “hablando de dos fenómenos distintos”, pero
no indica cuáles, ni tampoco a qué hace referencia con “fenómenos”. Sin embargo
es cierto que en la respuesta anterior, el señor estudiante sugiere levemente
que puede existir una especie de operación de bandera blanca, razón por la cual
se le hace la pregunta. Llama la atención que el estudiante de derecho no está
enterado de cómo funciona nuestro Estado, porque las tutelas no se presentan
ante el gobierno colombiano, sino ante los jueces de la República que son otras
personas diferentes.
Además, contrario a lo que dice el señor
estudiante de derecho, con su tutela está pidiendo que se le vulnere el derecho
de la artista a la libre expresión.
Usted no, pero eso no quiere decir que
haya gente que sienta mucha rabia hacia la exposición...
Pues mire, lo que he visto en general es
que el católico en Colombia es de aguante. Ya hemos sido humillados,
vilipendiados, ridiculizados desde hace muchos años. Nosotros no estamos
pidiendo que no nos traten feo. Estamos pidiendo que aquello que para nosotros
y que nuestra cultura ha definido como sagrado se mantenga en esos limites.
Porque la sacralidad ha sido imprimida también por la tradición de la gente. De
la misma manera como una custodia, que es un objeto sagrado, puede ser
pisoteado, entonces la vida que también ha sido considerada como sagrada podría
ser pisoteada y los recursos públicos que se hablan como recursos sagrados
también pueden ser pisoteados. Con esta exposición están generando una violencia
simbólica. Ahora, no he sentido de parte de los accionantes o de la gente con
la que he hablado ese tipo de rabias o deseos de querer tomarse la justicia por
sus propias manos.
Esto ya me parece absurdo. “Católico de
aguante”. Al parecer el señor estudiante de derecho no fue a las clases de
historia del colegio para enterarse que estuvimos bajo un Estado confesional y
católico durante más de cien años, y que fue a la iglesia católica a la que se
le entregó hasta la educación. El poder e influencia de la iglesia católica en
la historia de Colombia siempre ha sido grande y se le ha dado desde dinero y
exenciones tributarias hasta participación en decisiones estatales, lo cual en
términos directos quiere decir que la iglesia tuvo el poder de promover la
discriminación (¿se acuerdan aquello de los hijos naturales?), la persecución
del pensamiento diferente y en fin, tantas cosas que nos mantienen como una
rémora del desarrollo.
También considero que comparar algo tan
inherente al ser humano como la vida con un pedazo de lata es una tontería. Ya
que habla de recursos públicos y recursos sagrados, debería el señor acordarse
que su iglesia no paga impuestos y por tanto “desacraliza” un elemento tan
importante del Estado como el presupuesto. Pero bueno, eso es harina de otro
costal. Me parece que la violencia simbólica es la que propugna los grupos
católicos como los del señor estudiante de derecho, que se oponen al pluralismo
y quieren prohibir que alguien diga algo diferente a lo que ellos consideran su
verdad absoluta.
¿Qué es lo que le molesta específicamente
de la obra de María Eugenia Trujillo?
La obra fue presentada en Cartagena de una
manera diferente a como fue presentada en Bogotá. Toda obra de arte tiene una
curaduría, una explicación genérica de lo que es la obra y de lo que quiere
conseguir. En el Palacio de Inquisición de Cartagena se hizo la presentación de
la obra y ahí, dentro del elemento formal de presentación, se hablaba de las
mujeres que eran desfloradas, violadas, sometidas, subyugadas, esclavizadas con
la aprobación y bendición de la iglesia católica. Eso para Cartagena. Cuando llega
a Bogotá cambian completamente el concepto de la curaduría, no de las obras.
Entonces dicen: es una muestra que trata de reivindicar a la mujer subyugada y
sometida a través de la historia. Aquí pasa lo siguiente: el Museo Santa
Clara era un convento de las monjas clarisas, monjas de clausura, luego por el
proceso de transito de convento a museo, se volvió un museo de arte religioso.
Y tenía la finalidad de servir como acervo de toda esa cultura arquitectónica,
de ornato, literaria, de la Bogotá colonial. Siempre se ha denominado como
museo de arte religioso. El espacio en si mismo habla de manera directa de la
creencia de los católicos, era un lugar de culto.
Aquí el señor estudiante de derecho manda al
tártaro toda su retórica sobre los derechos fundamentales y deja de presente la
verdadera razón de la búsqueda de la prohibición: no le gusta la exposición a
causa del lugar. Sí, así de sencillo. El problema es de interpretación y por
tanto, imitando aquellos viejos inquisidores de la Edad Media, si algo no me
gusta, pues busco su prohibición. O lo quemo.
¿Entonces si la exposición hubiera sido en
otro lugar no hubieran interpuesto las tutelas?
Lo que pasa es que hay un valor agregado.
Usando toda esta atmósfera de la exposición, la artista lo que hace es que
entra a tomar elementos del culto católico y los combina con formas sugestivas
donde hay cavidades vaginales y otro tipo de partes de cuerpo femenino con el
fin de reivindicar. Pero se está valiendo además de ornato, de imágenes y de
elementos del culto católico que la misma sociedad ha adoptado como sagrados.
Elementos que para los católicos están revertidos de una mística fundamental.
La custodia es algo tan delicado que solo el sacerdote puede tocarla. Porque la
custodia es donde queda contenido el santísimo sacramento que es la presencia
real de Cristo y de Dios. Tan delicado y sagrado es para nosotros, que incluso
dentro de la misma iglesia hay restricciones en cuanto a su acceso.
¿Que la sociedad ha adoptado como sagrados?
Yo hago parte de la sociedad colombiana y no considero aquellos objetos como
sagrados, de la misma manera que muchos otros ciudadanos del país que no son
católicos. Si “la custodia” y demás objetos son tan sagrados dentro de su rito
católico, pues ellos pueden hacer dentro de su iglesia toda clase de
parafernalias que les dé la gana, pero por favor, no nos las quieran imponer o
sino van a tener vehementes respuestas de nuestra parte sobre sus latas.
Si nos centramos en las mujeres católicas
que presentaron la tutela, ellas no se sienten reivindicadas. Se sienten más
bien ridiculizadas porque yo no puedo decir que una manera de proteger algo es
exponerlo, no puedo decir que una manera de respetar el cuerpo de la mujer como
algo sagrado, sea exponiéndolo a través de la vulneración de un elemento que
forma parte de la personalidad de muchas mujeres colombianas. La mayoría de las
mujeres colombianas son católicas y una de las formas que ellas expresan su
religiosidad es a través de los elementos que se utilizan para el culto. Y
cuando yo ridiculizo o propendo un irrespeto contra un elemento de culto, estoy
yéndome contra el elemento litúrgico y cuando hago eso estoy yendo en contra
del elemento doctrinal y cuando hago eso voy en contra del elemento formal de
la manera como yo creo, vivo y expreso mi fe. Y en la medida en que algo atente
contra eso me está violando mi derecho a la libertad de expresión.
Sobre este punto ya hablé al principio de
esta entrada. Es falso decir que las mujeres católicas (sí, con el categorismo
más absoluto) se siente ofendidas porque ya mostré que no es verdad. Aun así,
si se sintiesen ridiculizadas pues hombre, que hagan alguna crítica u otra
exposición. Estamos en una sociedad pluralista en donde la libertad de
expresión nos permite criticar modelos antiguos y desacralizar aquello que para
algunos es inmodificable. El argumento de la mayoría no es de recibo porque
implicaría que estuviésemos en una tiranía de la mayoría (en la que no estamos),
en lugar de una democracia en donde todos tienen voz y voto para decir las
cosas. Es en eso que consiste el derecho a expresarse libremente y no como dice
el señor estudiante de derecho en que si no me gusta algo, pues entonces lo
prohíbo.
Usted habla de libertad de expresión pero
¿qué pasa con la de María Eugenia Trujillo?
El catálogo de derechos de la constitución
política de Colombia tiene un límite de ejercicio. Por ejemplo, si a mí mañana
me parece que es bueno decir que Nietzsche, Marx y todos los ateos son asnos,
yo tengo derecho a hacerlo, pero ¿qué pasa cuando yo lo aterrizo a una realidad
específica? Mi derecho de libertad de expresión tiene un límite y ese limite es
mientras yo no vaya en contra de los derechos de otros. Estas expresiones
artísticas generan irrespeto y violencia simbólica. Si hay algo que la sociedad
ha considerado sagrado por tanto siglos es pisoteada, entonces todo aquello que
tiene esos tintes de sacralidad podría ser pisoteado. Decir sagrado es como las
sociedades, en su proceso histórico, han ido creando unas instituciones,
derechos y principios que son intocables e innegables. Entonces la artista
tiene pleno derecho a ejercer su libertad de expresión en la medida en que el
ejercicio de ese derecho no vaya en contra en contravía de los derechos de
otro.
Aquí empieza el señor estudiante de derecho
a mostrar su flaqueza en conocimientos jurídicos o mejor de sentido común. ¿Uno
como “aterriza” eso de que “que Nietzsche, Marx y todos los ateos son asnos”? o
peor aún ¿Cómo afecta el derecho de los otros el hecho de que alguien diga que
“Nietzsche, Marx y todos los ateos son asnos”? Está claro que los derechos
tienen límites pero no son las estolideces expresadas por el señor estudiante
de derecho (sí, también estoy haciendo uso de mi libertad de expresión para
decir que las declaraciones del supuesto cuasiabogado son ridículas. ¿Eso
quiere decir que estoy “aterrizando” los límites o que todavía siguen en vuelo?).
¿Por qué creen que la exposición atenta
contra el derecho a la libertad del culto?
Afecta la libertad de culto por la
violencia simbólica. Lo que está haciendo es tomar, por ejemplo, las profundas
creencias católicas y transmitirlas como si fueran un escenario de
manipulación, subyugación, dominación y violación de la mujer.
Lo que el señor estudiante de derecho
expresa es su opinión de la obra, no un hecho de violencia. Una opinión que me
parece cegada por el dogmatismo, puesto que la teleología de la exposición no
está ni cerca de su interpretación, aunque ese no es el motivo de discusión en
este momento.
¿Entonces las expresiones artísticas que
critican la religión católica son censurables?
Lo que pasa es que ese término no ha sido
traído a colación: censura. Aquí no hay censura. Y menos censura previa. Aquí
simplemente hay un ejercicio por parte del Estado que le confiere la
constitución. El Estado aquí no está censurando. Hay personas que sienten que
sus derechos fundamentales están siendo vulnerados y el Estado tiene que
garantizar varias cosas: primero, que le estoy dando la oportunidad a la
artista de demostrar que su obra no es ofensiva. Aquí no hay censura porque
todos los tratados internacionales dicen: la libertad de expresión, enciso siguiente:
esta libertad en caso de inminente contraposición con los derechos del otro
tendrá que ser estudiada por el estado y tendrá que determinarse a través de la
moral, de la costumbre. Tienen que entrar a mirarlo desde el contexto específico.
El Tribunal prohíbe la exposición y “no hay
censura”. ¡Qué maravilla! Qué maravilla que ahora la prohibición de la
expresión de una artista sea un “ejercicio” de Estado. Y después se preguntan por qué hay algunos
que defendemos el laicismo a ultranza… No voy a comentar sobre los débiles
argumentos jurídicos del señor estudiante de derecho, porque son absurdos y
demuestran una falta de conocimientos jurídicos (o peor, de sentido común)
gigantesca que cualquiera puede observar fácilmente sin necesidad de estudiar
derecho.
Si no es censura, ¿usted como llamaría el
posible evento de que un juez cierre del todo la exposición?
Insisto. No es censura. Es el ejercicio de
un derecho de acción de tutela. El ejercicio al derecho que tengo de que el
Estado favorezca y garantice el ejercicio de mis derechos. Incluso el mismo
auto de la tutela dice: esto no va en contraposición de la libertad que tiene
el museo y la artista. Simplemente es que si a mi viene un grupo de 75 personas
y me dicen esa exposición va en contravía de sus creencias, su dignidad humana,
su libertad de culto, de su libre desarrollo de la personalidad, yo como Estado
tengo que decir: un momento, esta gente los está acusando a ustedes de esto,
demuéstrenme si es cierto o no lo es. Si no es cierto, las medidas cautelares
simplemente se levantan y la exposición sigue. Las medidas cautelares no son
censura. Nosotros no hemos ganado la sentencia. A nosotros simplemente nos
dieron una medida preventiva esperando que se pueda aclarar la situación.
Ahora la prohibición de la
exposición de una obra artística se llama “ejercicio de un derecho de acción de
tutela”. El resto de sus declaraciones me hacen pensar que el señor estudiante
de derecho no sabe en qué clase de Estado vivimos, ni en qué época andamos. Sin
embargo, ahí les comparto la entrevista de la revista Arcadia para que sean
ahora ustedes quienes tomen sus propias posiciones y bueno, como lo dije al
principio, ojalá el Tribunal corrija aquel chascarrillo que ocasionó.